LA DIAN viene trabajando en un proyecto de Resolución, por medio del cual se obligará a todos los empleadores a contar con un sistema de nómina electrónica similar al de la facturación electrónica.
Aunque se anuncia como un proceso de desarrollo tecnológico para las empresas, en realidad se trata de un control adicional muy fuerte para quienes tienen trabajadores a cargo, pues debemos recordar que los sistemas de la DIAN están unidos a la UGPP, lo que implica que no se tratará solamente de una verificación de los costos presentados para deducción por conceptos de pagos a los trabajadores, sino de una revisión de estos a nivel laboral.
Según lo han indicado, el sistema de nómina electrónica estará relacionado e integrado con el de facturación electrónica y entrará en vigencia según el proyecto desde el mes de marzo del presente año de manera progresiva dependiendo el número de empleados que tenga cada empresa así:
| CANTIDAD DE TRABAJADORES | FECHA DE HABILITACIÓN | FECHA MÁXIMA DE INICIO DE TRANSMISIÓN |
| Más de 250 | 31 de marzo de 2021 | 30 de abril de 2021 |
| De 11 a 250 | 31 de marzo de 2021 | 31 de mayo de 2021 |
| De 4 a 10 | 31 de marzo de 2021 | 30 de junio de 2021 |
| Hasta 3 empleados | 31 de marzo de 2021 | 31 de julio de 2021 |
| No obligados a expedir factura electrónica | 31 de enero de 2022 | 31 de marzo de 2022 |
Como se puede ver, quedarían obligados a tener nómina electrónica todos aquellos empleadores que realicen pagos por concepto de salarios y pensiones que utilicen los mismos como costos de deducción.
Dentro del procedimiento descrito en el proyecto de resolución, se establece que los empleadores tendrán como obligación legal generar la nómina electrónica de forma mensual y transmitirla a la DIAN dentro de un plazo máximo de 10 días en el mes siguiente. Para estos casos la DIAN quedará facultada para verificar la información de la nómina y generar su validación o rechazo de manera electrónica, es decir que la entidad quedaría con la potestad de exigir cambios en las nóminas de las empresas.
Esto se constituye en un costo adicional para toda compañía porque al igual que sucede con la facturación electrónica será necesario contar con un proveedor del servicio.
Es importante estar pendientes si este proyecto se convierte en un acto administrativo en firme y las fechas de aplicación para evitar eventuales sanciones por parte de la DIAN.
Sobre su desarrollo estaremos informando oportunamente.