El Gobierno Nacional sancionó la Ley 2114 de 2021 que amplió la licencia de paternidad, creó la licencia parental compartida y la licencia parental flexible de tiempo parcial, cuyos aspectos más relevantes son los siguientes:
1. Se amplía el período de la licencia de paternidad a dos semanas.
2. La licencia remunerada de paternidad está a cargo de la EPS y se reconoce proporcionalmente a las semanas cotizadas por el padre durante el periodo de gestación.
3. La licencia se ampliará en una semana adicional por cada punto porcentual de disminución de la tasa de desempleo hasta llegar a un máximo de cinco semanas.
4. Se crea la licencia parental compartida, que significa que los padres pueden distribuir entre ellos las últimas 6 semanas de la licencia de la madre sin que se pueda fragmentar o intercalar.
5. Se remunerará con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente y estará a cargo de la EPS o del empleador. Los padres deben presentar ante sus empleadores, dentro de los 30 días siguientes al nacimiento del menor, un escrito del acuerdo al que han llegado para acceder a la licencia parental compartida, adjuntando autorización médica para la protección de la madre y de igual manera donde se señale el nacimiento del menor y la fecha en la cual empezarían las licencias de cada uno entre otros aspectos.
6. Por causa de la licencia parental compartida no se podrá recortar la licencia de paternidad.
7. Para el reconocimiento de esta licencia se deberá presentar dentro de los 30 días siguientes al nacimiento del menor el registro civil ante la EPS.
8. También se crea la licencia parental flexible de tiempo parcial, para que la madre y/o padre pueden cambiar un periodo preciso de su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo, equivalente al doble del tiempo correspondiente al período de tiempo seleccionado, teniendo presente que pueden hacer uso de la misma antes de la segunda semana de la licencia de paternidad y de la semana trece de la licencia de maternidad; debe ser por un periodo continuo, salvo que el empleador lo autorice para lo cual se debe firmar un acuerdo con el trabajador.
9. Se pueden utilizar tanto la licencia parental compartida como la licencia parental flexible de tiempo parcial, pero para esta última se le debe consultar al empleador previamente dentro de los 30 días siguientes al nacimiento, quien deberá dar respuesta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
10. No se puede exigir prueba de embarazo a las aspirantes a un cargo y solo será admisible con el consentimiento previo de la candidata, para trabajos que puedan afectar el embarazo, so pena de la imposición de una multa por parte del Ministerio del Trabajo.
11. Cuando el empleador solicite para el ingreso exámenes de laboratorio con pruebas de sangre, la candidata puede seleccionar el sitio para realizarlos.
12. Por último, está prohibido efectuar preguntas referentes a planes reproductivos en las entrevistas de trabajo.